EXAMEN 1° PARCIAL
Ana Karen Martínez Castellanos
1er Examen Parcial. Impactos Fiscales al Comercio Exterior.
Para toda pregunta, asuma que
usted es ya un conocido estratega financiero y esta explicando y aconsejando a
un cliente potencial (un servidor), tome mucho en cuenta este rol que se le ha
asignado. Por lo tanto, sus respuestas tienen que ser convincentes. Es decir,
no rollo.
1.- Estimado Licenciador, me podría explicar que puedo hacer para que no pague impuestos sobre ingresos ya gravados provenientes de mi operación en los EUA.
Para evitar pagar doble impuesto sobre el mismo ingreso ya gravado se puede aplicar el Tratado de Doble Tributación que tiene su país de residencia (México) y Estados Unidos.
2.- Cómo está eso de que al amparo de un Tratado, si estos nadie los respeta, ¿Por qué este Tratado si lo respetarían las autoridades mexicanas?
En primer lugar, la LISR
menciona los requisitos para que este tratado sea efectivo en su artículo 4, lo
que significa que es reconocido oficialmente por México.
Otro punto importante es la seguridad que brinda, eliminando barreras fiscales con el fin de fomentar la inversión extranjera. Ayuda a la recaudación de impuestos de los contribuyentes extranjeros que tienen actividad en México, así mismo ayuda prevenir la evasión fiscal. En decir, llevar a cabo este Tratado beneficia a México en materia fiscal y por lo tanto económica.
3.- ¿Quién sanciona a un país que no cumpla con lo que se comprometió, a través de un Tratado?
Siendo el Tratado de Doble Tributación un tratado bilateral, conformado por dos partes, si un país lo incumple la contraparte puede tomar medidas fiscales, como retención o aplicar tasas impositivas más altas. Así mismo, se puede recurrir a organismos internacionales como la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) que tiene como objetivo diseñar mejores políticas y medir flujos globales de comercio.
4.- A ver Licenciado, tengo operaciones en otros países, que pasaría en caso de que México no tenga un Tratado firmado, ¿Cuál es el proceso que se sigue?
El primer paso para celebrar un tratado es la negociación, donde se llega a un acuerdo entre las partes; después viene la adopción del texto donde se redacta y se presenta un borrador; posteriormente la firma del tratado por el presidente; y finalmente la declaración del consentimiento donde se ratifica mediante la votación del Senado, y se comprometen a cumplir sus obligaciones con el Tratado.
5.- ¿Me recomendaría asistir a una visita que realice ya sea el Presidente o el Secretario de Economía a dicho país? ¿Cuáles serían los beneficios que podría obtener?
Si te recomendaría asistir por el conocimiento de temas relevantes de comercio, inversión que puedes adquirir de los líderes gubernamentales, de igual manera te sirve para tener ventaja sobre futuros planes comerciales en base a este nuevo conocimiento.
6.- Recientemente en una conferencia en Canacintra me informaron que se va a firmar un Tratado de Libre Comercio con Perú, y otros Tratados como de información impositiva y para evitar la doble tributación, pero no he escuchado a las autoridades decir nada al respecto, tengo unas exportaciones para aquel mercado y una pequeña oficina de ventas, ¿Qué cree que suceda y que me recomienda que haga?
Le recomendaría esperarse que dicho tratado entre en vigor para informarse sobre las políticas de este, ya que esto le ayudará a conocer en qué impuestos pagar y en qué país, para evitar pagar doble tributación en sus futuras exportaciones.
7.- El Senado no ratificó el Tratado para evitar la doble tributación con Venezuela, no importa, ¿verdad? podemos hacer como si ya estuviera firmado, no sé por quién, pero supongo que ya está todo listo y en orden.
Incorrecto, sino se ratificó el Tratado para evitar la doble tributación con Venezuela si importa, ya que si tienes negocio con dicho país corres el riesgo de que te cobren doble impuesto por un ingreso gravado. Lo ideal sería esperar a que éste se ratifique y entre en vigor para evitar la doble tributación.
8.- Cómo ve tengo negocios en muchos países, pero según mi experiencia no en todos se maneja el ISR o el IETU que pasaría en estos casos. ¿Deberé continuar pagando impuestos en dicho país y luego cuando presenté mi declaración en México, volveré a pagar impuestos sobre dichos ingresos?
Es indispensable conocer si los
países con los que se hace negocios tiene Tratados de Doble Tributación, esto
para evitar pagar doble impuesto.
Como se menciona en el capítulo
VII del libro de Herbert Bettinger, por ejemplo si un residente de Estados
Unidos acredita su residencia conforme a las leyes de su país, y tiene menos
del 25% de capital en una empresa mexicana en un periodo de 12 meses, las
ganancias que genere en México estarán libre de impuestos y serán acumuladas en
Estados Unidos quien impondrá el gravamen de dichas ganancias, para que esto
suceda se debe demostrar antes las autoridades americanas que cumplió con la
ley mexicana del Impuesto Sobre la Renta. Dicha ley mexicana estipula que se
debe presentar una declaración hecha por un contador donde se señale la
ganancia obtenida y el cálculo de impuestos (aunque este no tenga efecto en
México).
De tener más del 25% de capital de un empresa en un tercer país, se pagarán los impuestos correspondientes a la ley del país donde se generen las utilidades.
9.- Puedo aplicar el Tratado y reducir mi pago de impuestos, aunque no consolide mis ingresos. Explíqueme, por favor.
No, ya que para reducir el pago de impuestos es necesario presentar una declaración elaborada por un contador donde se especifique la utilidad y el cálculo de impuestos y así poderlos gravar correctamente. Si no declaras tus ingresos estás violando las leyes fiscales ya que se toma como evasión de impuestos.
10.- Tengo un dinerito depositado en las Islas Bahamas, ahí, no me retienen impuesto, cree usted que las autoridades mexicanas se enteren, como lo hacen, ¿Qué me sugiere hacer, para estar en regla y no pagar tantos impuestos?
Considero que si es probable que se enteren del dinero en las Bahamas ya que coparte con México un acuerdo internacional de intercambio de información lo que significa que puede obtener su información financiera. Sugiero mover el dinero a un país que sea paraíso fiscal ya que ofrecen ciertas ventajas financieras, sin embargo, si es importante cumplir las regulaciones en el país de residencia.
11.- Con mis amigos a veces discutimos que tiene la misma validez, desde el punto de vista jurídico un Tratado, que cuando una Secretaria de Estado firman un convenio con otro país, me podría aclarar esta duda.
Los Tratados internacionales y los convenios firmados por Secretarías de Estado tienen la misma validez jurídica, sin embargo, pueden llegar a tener diferente alcance. El Tratado es un acuerdo más formal entre dos o más países y se lleva a cabo todo un proceso hasta la ratificación para que entre en vigor, por otro lado, un convenio firmado por una Secretaria es un acuerdo entre entidades gubernamentales de diferentes países para la cooperación en algún área en específico. Se tiene que tomar en cuenta las condiciones de la Convención de Viena sobre Tratados entre estados.
12.- Creo que todo esto que me platica tiene sentido, pero veo muchos actores involucrados, es decir, distintas autoridades, distintos países, ¿Qué pasa cuando hay una duda sobre como interpretar una disposición o regla dentro de los Tratados? ¿Quién decide o cómo debemos orientarnos para interpretarla?
Dentro del sistema impositivo
mexicano existe la Resolución Miscelánea que nos dice que los Tratados para
evitar la doble tributación deberán ser interpretados según la regla
2.1.1.
De igual forma se puede revisar el modelo de Tratado de la OCDE, y en el caso del Tratado de México y Estados Unidos se pueden revisar los comentarios del Departamento del Tesoro de los EUA.
13.- Como le dije, creo que todo está muy bien, Licenciado para terminar, me podría decir en forma resumida los beneficios para el país y para las empresas de los Tratados para evitar la Doble Tributación y de los de compartir información impositiva.
¡Claro! Los Tratados para evitar la Doble Tributación benefician al país fomentando la inversión extranjera al eliminar barreras fiscales, y asegurando que los impuestos que se pagan sean justos y equitativos. Por otro lado, a las empresas les beneficia ya que si operan en varios países obtienen tasas impositivas más bajas o exenciones y reducen su carga tributaria, también facilita la planeación financiera al conocer bien cómo se gravan los ingresos.
Al compartir información
impositiva las autoridades fiscales de un país pueden identificar casos de
evasión fiscal, así mismo promueven la transparencia financiera. Las empresas
se benefician reduciendo el riesgo de enfrentar acciones legales y sanciones si
cumplen con sus obligaciones.
Bueno Licenciado, muchas gracias por sus atenciones estaré en contacto una vez que analice sus respuestas y las contraste con las de otros asesores que estoy entrevistando.
En el siguiente grupo de
preguntas, de opción múltiple, se otorgará un punto por cada acierto, se
reducirá un punto por cada respuesta errónea y nada si deja la pregunta sin
contestar.
14.- El principal objetivo del principio del ahorro
es:
A.
Que los estados contratantes
de un TEDT pueden seguir aplicando su ley interna.
B.
Que al aplicar un TEDT se aplicará la tasa
impositiva más baja.
C.
Que al aplicar un TEDT se acreditará el pago
de impuestos lo más fácilmente posible.
D.
Todas las anteriores. *
15.- El objetivo de la fuerza de atracción consiste
básicamente en:
A.
Qué dos países son políticamente amigos -
“aliados”.
B.
Que en un TEDT si se encuentran dos amigos en
diferentes países uno puede aplicar impuestos por otro.
C.
Ubicar exactamente el origen
del ingreso.
D.
Ninguna de las anteriores.
16.- El principal punto tocado por el principio de
punto de origen es:
A.
Saber que estado firmo un TEDT
B.
Limitar los beneficios de un
TEDT a los residentes de los estados contratantes.
C.
Saber que dos estados firmaron un TEDT.
D.
Ninguno de los anteriores.
17.- ¿A qué se refiere el principio de presencia
substancial?
A.
A definir residencia.
B.
A las características que debe tener una
persona para calificar como residente.
C.
A los métodos que utilizan
los estados contratantes para probar residencia.
D.
Todos los anteriores.
18.- Principio de asistencia en el cobro es:
A.
Que un estado le pide a otro que cobre
impuestos por su cuenta
B.
Que una persona ayuda a otra a cobrar.
C.
Que un estado ayuda a una
persona de otro estado a cobrar.
D.
Ninguna de las anteriores.
19.- Bajo el principio de no discriminación, se
debe:
A.
Cobrar a un no residente una tasa impositiva
mayor que al residente.
B.
Cobrar al residente una tasa impositiva mayor
que al no residente.
C.
Cobrar la misma tasa impositiva
a un residente que a un no residente.
D. Todas las anteriores.
20.- El principio de procedimiento amistoso
propone:
A.
Cooperación mutua para
resolver disputas.
B.
Que no tengan problemas políticos los países
contratantes.
C.
Que no tengan problemas los residentes de
diferentes estados.
D.
Todas las anteriores.
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